La Subsecretaría de Estado de Tributación (SET), establece el régimen excepcional y transitorio que facilitará el pago al impuesto a la renta del servicio de carácter personal (IRP). Será necesaria una entrega inicial mínima equivalente al 20% de la deuda, con una tasa de interés anual de financiación del 0% y fraccionado hasta en 5 cuotas.
Decreto N° 3457, disponible en: https://www.presidencia.gov.py/archivos/documentos/DECRETO3457_yi80j7u8.PDF