Se establece un régimen excepcional y transitorio para que los contribuyentes del Impuesto a las Rentas de las Actividades Comerciales, Industriales o de Servicios (IRACIS) y del Impuesto a las Rentas de las Actividades Agropecuarias (IRAGRO) cumplan sus obligaciones con una entrega inicial mínima equivalente al 20% de la deuda, con una tasa de interés anual de financiación 0% y en hasta 5 cuotas mensuales. Este decreto regirá hasta el 31 de mayo del 2020.
Decreto N° 3480, disponible en: https://www.presidencia.gov.py/archivos/documentos/DECRETO3480_80qlygd3.PDF