Tras declaraciones del presidente de la República, Santiago Peña, sobre la posibilidad de eliminar la estabilidad laboral a los diez años para trabajadores privados, surgió un intenso debate en torno a cómo se debe encarar la reforma del Código de Trabajo. Este debate se plantea en un contexto de gran informalidad en el mercado laboral paraguayo, como un problema de fondo. Datos del INE dan cuenta de que más de la mitad de los ocupados en el país desempeñan sus actividades desde la informalidad.
Aunque el Poder Ejecutivo todavía no ha presentado formalmente un proyecto para modificar el código laboral, el presidente de la República, Santiago Peña, ya ha manifestado de manera pública su intención en este sentido. En consecuencia, se abrió un álgido debate en torno a este asunto, a pesar de que todavía no se conocen todas las aristas o el alcance que pueda llegar a tener el proyecto.
Hasta el momento, el debate gira en torno a la redacción actual del artículo 94 del Código de Trabajo, que pretende ser modificada.
El mencionado artículo del código establece de manera taxativa que: “El trabajador que cumple diez años ininterrumpidos de servicios con el mismo empleador, adquiere estabilidad en el empleo”, y en consecuencia, el contrato solo puede terminar en tres casos específicos que son: la comprobación fehaciente de una causa legal para el despido, una doble indemnización o la jubilación del trabajador.
La premisa que propone Santiago Peña para argumentar la intención de eliminar la estabilidad laboral a los diez años, es que lo que ocurre en la práctica es que los trabajadores son despedidos justo antes de cumplir este periodo. En efecto, es una denuncia constante de los trabajadores que son echados de sus puestos de trabajo antes de adquirir la estabilidad laboral.
Sin embargo, no son pocas las posiciones que se generan en contra de esta idea. Expertos en el área del derecho laboral, incluso enmarcan el derecho de la estabilidad laboral en el marco de los derechos humanos, citando documentos como la Convención Americana y el Protocolo de San Salvador, así como sentencias de la Corte Interamericana de Derechos Humanos.
Este debate no es nuevo en nuestro país, ya que según recordaron expertos e internautas durante estos días, ya en el gobierno de Juan Carlos Wasmosy en los años 90 se había intentando instalar el debate en torno a la posibilidad de flexibilizar el código laboral.
Además de no ser nuevo, este debate no es un hecho aislado en la región. En Argentina, el gobierno de Javier Milei presentó un Decreto de Necesidades y Urgencias (DNU) en el cual propone también la flexibilización de las leyes laborales en el vecino país.
El documento está siendo frenado de momento por una medida judicial, y plantea cuestiones como cambios en los juicios laborales, la extensión de los periodos de prueba en las empresas y la reducción de las licencias por embarazo, entre otras medidas.
En el contexto, y por los momentos históricos en que se discutió esta cuestión, se puede percibir la flexibilización de las leyes laborales no solo en el campo de técnico legal o legislativo, sino también en el campo de la política, con algún matiz ideológico.
“La rigidez del código en algunos aspectos hace que el trabajador finalmente pague las consecuencias, y eso es lo que vamos a abordar en este proceso en que vamos a estar abriendo el debate con los empresarios y trabajadores para ver cuáles son los aspectos en que hay que reforzar y reformular la legislación”, declaró ante medios de prensa Mónica Pérez, ministra de Trabajo.
Informalidad
De todas maneras, el contexto en el que se plantea este debate es desolador en el mercado laboral. Según datos publicados por el Instituto Nacional de Estadística (INE) en su Encuesta Permanente de Hogares Continua (EPHC), solo el 41% de los trabajadores ocupados en relación de dependencia en el sector privado, lo hacen en la formalidad.
Esto significa que más de la mitad, (el 59%) de los trabajadores en relación de dependencia en el sector privado están en la informalidad, sin cobertura de seguro social y mucho menos con posibilidad de aspirar a una jubilación.
La informalidad tiene una fuerza aún mayor cuando se observa a los trabajadores por cuenta propia, en donde solo el 24% trabaja en la formalidad, mientras que está el 76% trabaja en la informalidad, sin posibilidad de registrar sus movimientos o acceder a un crédito en el futuro, o mucho menos aspirar a seguridad social.
A nivel general, sin realizar filtros por tipo de trabajo, el INE registra actualmente unas 2,4 millones de personas ocupadas, de las cuales apenas un 38% se desenvuelve en la formalidad: Más de un millón y medio de las personas que tienen hoy la “suerte” de estar ocupadas en Paraguay, trabajan en la informalidad.
Ante esta situación, surge la duda de cuáles son los lineamientos que debe tomar realmente la reforma laboral que se plantea en el país. No deja de ser válida la idea de debatir sobre la necesidad de realizar cambios en un Código Laboral que data de la década de 1960 (con modificaciones leves en 1996).
Sin embargo, el cruel contexto de informalidad en el que se desenvuelven la mayoría de los trabajadores en el Paraguay, es un llamado de atención a cuál debe ser el tenor y el camino que debe seguir el cambio que se pretende, para lograr una reforma que sea estructural y no sólo beneficiosa para sectores en particular.