Oct 1, 2025 | Pulso financiero

Las tasas de captación no pueden exceder el 50% del promedio del mercado

La Ley N°861/96 “General de Bancos, Financieras y Otras entidades de crédito”, prohíbe ofrecer tasas para la captación de fondos que sean marcadamente superiores a las del mercado. Siguiendo la Ley 2334/03 y su reglamentación serán consideradas de esa manera aquellas que superen en a lo menos 50% el promedio de tasas pasivas del mes inmediato anterior para colocaciones de plazos similares.

 

El Banco Central del Paraguay publicó recientemente el promedio que deberá ser considerado para los limites de tasas de depósitos que regirán en octubre. En el caso de los depósitos a la vista en guaraníes el promedio de tasas de bancos fue de 1,17%, con lo cual, el límite legal en el décimo mes del año será de 1,76%.

Para los Certificados de Depósito de Ahorro (CDA) de hasta 365 días el promedio ponderado de septiembre fue de 9,24%, mientras que el de plazos mayores a un año fue de 10,30%, con lo que los límites en octubre serán en 13,86% y 15,45%, respectivamente. En las financieras, el promedio para los plazos señalados fue de 7,82% y 10,45%, con lo que los límites respectivos será de 11,73% y 15,45%.

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