Por medio del Decreto Nº 3098/19, la Abogacía del Tesoro dio a conocer que la prórroga para la aplicación de sanciones, multas y medidas no sancionatorias estipuladas en la Ley Nº 5895/17 –de transparencia en el régimen de las sociedades constituidas por acciones- se extendería hasta el 31 de diciembre de año en curso.
Sin embargo, solo aquellos trámites vinculados con la Inscripción de Constitución de Sociedades (S.A., S.R.L. y Sociedades en Comandita por Acciones) serán los afectados por dicha medida. Es decir, que aquellas empresas que no se hayan inscripto como una sociedad tendrán tiempo hasta finales del año para hacerlo sin sanciones, dado que desde el 01 de enero de 2020 ya se aplicarán las multas.
Lo que se pretende con el establecimiento de plazos es que las empresas puedan regularizar sus obligaciones como sociedades ante el Ministerio de Hacienda, pero principalmente que puedan superar el filtro del proceso de formalización a nivel país. No obstante, las condiciones para otros trámites no mencionados quedan inalterados.
NOTA: POSTERIOR AL 10/12/19 SE APLICARÁN SANCIONES.
FUENTE: ELABORACIÓN MENTU CON DATOS DEL MH.