La Cámara de Senadores aprobó el Proyecto de Ley “Que prohíbe y sanciona la especulación de precios de productos de prevención y tratamiento de enfermedades epidémicas”, la cual será aplicada a través de la Secretaría de Defensa del Consumidor (Sedeco), en coordinación con el Ministerio de Salud, el Ministerio de Industria y Comercio (MIC) y el Banco Central del Paraguay (BCP).
Este proyecto tiene por objetivo evitar el alza artificial de los precios, el cual actualmente cuenta con una variación entre 200% y 400% en tapabocas de tela comparando con precios previos al brote del coronavirus, así como el acaparamiento y la publicidad engañosa de productos de prevención de tratamiento de enfermedades en epidemia que incite al pánico para una mayor venta del producto.
Para llevar a cabo se limitarán los precios de los productos que el Ministerio de Salud establezca, no podrán ser superior a los precios promedio de los últimos 12 meses antes de la epidemia COVID-19, también se tendrá en cuenta variables que puedan afectar los precios como la cotización del dólar, del petróleo, y los índices de precios de los demás productos de la canasta familiar, cuya información será otorgada por del BCP.
El proyecto también contempla multas económicas, así como la suspensión de actividades de hasta 30 días a todas aquellas personas físicas o jurídicas que no cumplan con lo establecido por esta ley.