El Poder Ejecutivo emitió el Decreto N° 3546 que reglamenta la disposición de USD 100 millones para el Instituto de Previsión Social (IPS) en concepto de subsidio de reposos por Covid-19 diagnosticados y/o confirmados y para otorgar una compensación económica a los trabajadores cotizantes activos que hayan sufrido cese temporal de contrato o de actividades económicas relacionadas a la crisis.
Estas compensaciones serán otorgadas a trabajadores que dispongan de hasta dos salarios mínimos, y el pago será del 50% de un salario mínimo, aproximadamente Gs. 1.096.000, al cual podrán acceder a través del Banco Nacional de Fomento (BNF) para aquellos que están bancarizados o en ventanilla para los que no, dando otras herramientas tecnológicas para llegar con mayor rapidez a los mismos en el caso de no pertenecer al sistema financiero.
Por otra parte, aquellos que trabajen en Empresas Públicas del Estado, Entes Descentralizados del Estado o empresas mixtas no podrán ser beneficiados del subsidio, así como aquellos que a partir del 9 de marzo del corriente año tengan configurados derechos a beneficios de largo plazo otorgados por el IPS.
Es así que, el IPS anunció el inicio de pagos a 18.000 trabajadores el día de hoy, sin embargo, es importante considerar que este beneficio alcanzará a tan solo el 22% de la población ocupada, la cual es aportante de algún sistema jubilatorio como lo es el IPS.
FUENTE: DECRETO Nº 3546 / EPH 2018 DGEEC